| Newsletter, Año I, Volumen 4 | |
| Fecha: 3 de marzo de 2005 | |
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| ¿Cuándo debo avisar del accidente de tránsito? | |
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Lo primero que debe hacer es detener su auto, brindar los primeros auxilios, no mover su auto hasta que lleguen las autoridades del tránsito (Mover los vehículos antes de que la autoridad se lo indique, puede entorpecer la confección del Parte del Accidente) y tomar los datos de los autos (placa, año, marca, modelo) y de las personas involucradas (nombre, número de cédula, teléfonos, lugar de trabajo y dirección física).
Para más información sobre éste tema, favor contactarnos al 263-6450 o visite nuestra oficina en la Internet www.centraldeseguros.com.pa |
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1- Se crea una tarifa progresiva combinada alternativa para el cálculo del impuesto de inmueble, que es sustancialmente mas baja que la tabla actual. 2- Se abre un compás de un año a partir de la promulgación de la ley, para que los contribuyentes de forma voluntaria presenten una declaración jurada del valor estimado de su inmueble a fin de establecer el nuevo valor catastral. 3- El estado garantiza que no modificará este nuevo valor catastral por los próximos 5 años. 4- Aquellos contribuyentes que no se acojan al régimen alternativo, estarán sujetos a una nueva valorización del catastro a partir de febrero de 2006. 5- Los contribuyentes no-voluntarios, continuarán pagando la tarifa actual, en base al nuevo valor catastral que es aproximadamente el doble de la tarifa alternativa.
Esta situación afecta en especial aquellas propiedades en barrios que fueron en un tiempo, residenciales y que se han transformado con los años en comerciales aumentando el valor de la propiedad en forma considerable. Recordemos que la última valorización, se implementó a partir de 1972 .
Como ejemplo, podemos asumir que una propiedad en el barrio de Bella Vista, que tenga 25 años de construida, en un lote de 1000 metros, puede tener un valor catastral de $130,000.00. El Impuesto de Inmueble actual puede oscilar alrededor de $1,900.00 al año. El valor real actual puede estar en $250,000.00.
Si se acoge a la tarifa progresiva pagaría $2,185.00. Si no lo hace, y catastro le aumenta el valor de la propiedad a la misma cantidad de $250,000.00 pagaría en impuestos de inmueble la suma de $4,500.00 anuales, aproximadamente.
Desconocemos los parámetros que utilizará catastro para actualizar los valores de las propiedades, pero es obvio y evidente por la redacción de la ley, que dentro de los planes está la clara intención de hacer un ajuste sustancial en esta materia a partir del próximo año.
Como parte de nuestros servicios, hemos concretado un acuerdo con varias empresas evaluadoras, para que le brinden a nuestros clientes el servicio de avalúo a un precio razonable.
El informe le servirá de parámetro a nuestros asegurados para acogerse a los beneficios de la nueva ley y actualizar las sumas aseguradas en sus pólizas. Los interesados pueden llamar a nuestras oficinas, al 263-6450 o escribirnos a grupo@centraldeseguros.com para hacer los trámites correspondientes.
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